Desde la Asociación de Celíacos de Castilla la Mancha defienden que matemáticamente, la ayuda de un millón de euros sólo puede beneficiar a un máximo de 1.334 personas con esta enfermedad, cuando el número de afectados estimado por el propio Gobierno regional se eleva hasta los 20.000.

 

El presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, anunció hace algunas semanas una convocatoria de ayudas para personas, y familias con uno o varios miembros afectados por enfermedad celíaca, y que estaría dotada con un millón de euros. Posteriormente, la consejera de Igualdad y Portavoz, Blanca Fernández, anunció durante una comparecencia, la aprobación por parte del Gobierno regional de ayudas por valor de un millón de euros, con un máximo de 750 euros por persona y 1.500 euros por unidad familiar al año, para compensar la carga económica que supone para las familias con algún familiar con esta enfermedad.

La consejera estimó entonces que esta enfermedad afecta al 1 % de la población de la región, y que la medida prevista podría beneficiara unas 20.000 personas. Sin embargo, desde la Asociación de Celíacos de Castilla-La Mancha, afirman que matemáticamente esta ayuda de un millón de euros sólo podría beneficiar a un máximo de 1.334 personas celiacas, una cifra que apenas constituye un 6,7 % de los 20.000 celíacos estimados por la portavoz del Gobierno en su comparecencia.

Finalmente, el Diario Oficial de Castilla-La Mancha publicó el pasado 20 de abril, la Orden 80/2023, de 17 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones y se convocan ayudas económicas en régimen de procedimiento simplificado de concurrencia para personas afectadas por la enfermedad celíaca durante el año 2023.

Pero esta Orden llegó con polémica incluida, ya que regula una subvención con pago adelantado a aquellas personas que cumplan los requisitos especificados en la misma, por lo que los beneficiarios deberán conservar los documentos justificativos factura/ticket de compra de alimentos elaborados específicamente para celíacos el año 2023, lo que supone que cualquier producto genérico apto para celíacos, pero no elaborado especialmente para ello quedaría fuera de la subvención.

El artículo 14 de esta Orden especifica que en caso de incumplimiento total o parcial del objetivo y finalidad que fundamentan la concesión de la subvención, deberán reintegrarse las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro o la fecha en la que se ingrese el reintegro.

Así las cosas, desde la organización de celíacos regional han explicado que "entendemos que aquellos beneficiarios de ayudas que no puedan justificar con facturas la adquisición de alimentos elaborados específicamente para celíacos durante el año 2023 por valor de la subvención concedida deberán reintegrar la parte de la subvención no justificada con intereses de demora".

Desde la Asociación de Celíacos de Castilla la Mancha han declarado que siempre agradecerán la ayuda de cualquier tipo destinada a los pacientes celíacos, y en especial a aquellos con más dificultades por tener menores ingresos, lo que no es óbice para que consideren que esta subvención difícilmente va a satisfacer la necesidades y demandas históricas del colectivo.

De esta manera, desde la asociación han explicado que "consideramos que la Orden que regula esta subvención limita su accesibilidad efectiva a los pacientes celiacos debido a los criterios de renta, sus limitaciones (sólo para alimentos elaborados específicamente para celíacos), su complejidad y obligación de solicitar y conservar las facturas durante un año, y por la obligación de beneficiario del reintegro con intereses de demora de las cantidades no justificadas. que se adquiera durante un año".

De esta manera, lamentan que la alegría inicial que supuso la concesión de ayudas a los celíacos se haya transformado en desilusión y sentimiento de incomprensión para parte de aquellos enfermos que no cumplan criterios, o no se vean capaces de cumplir los requisitos exigidos por la Orden que las regula.

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