El Ayuntamiento de Alcañiz ha hecho pública una convocatoria mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, para la concesión de ayudas a personas con enfermedad celíaca o intolerancia al gluten. Esta ayuda está dotada con 5.000 euros, cantidad que se distribuirá entre todos los solicitantes que cumplan los requisitos.

 

Esta acción se enmarca en el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2025-2027 del Ayuntamiento de Alcañiz, en el que se contempla como una de sus líneas estratégicas la “Acción Social”, con el objetivo de promover ayudas específicas de apoyo a las familias más vulnerables.

En la pasada convocatoria lanzada en el 2025 se concedieron ayudas a 49 personas, que recibieron 102,04 € cada una. Fueron diez beneficiarios más que el pasado año 2024, cuando la ayuda llegó a 39 personas.

Serán beneficiarios/as de estas ayudas las unidades familiares en las que, al menos, un miembro padezca la enfermedad celíaca o la intolerancia al gluten, acreditada debidamente a través de la expedición del correspondiente informe facultativo/médico. De acuerdo con el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, podrá obtener la condición de beneficiario la personas que se encuentre en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y que reúne los requisitos siguientes:

  • Tener la condición de enfermo celíaco o intolerante al gluten debidamente acreditado mediante informe médico al efecto.
  • Estar empadronado en el municipio de Alcañiz en el momento de publicación de la correspondiente convocatoria.
  • Hallarse al corriente de pago de sus obligaciones frente a la Hacienda Estatal y Seguridad Social.

 

No podrán obtener la condición de beneficiario en la presente subvención aquellos en los que concurran la circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se refieren a delitos, fraudes, inhabilitaciones o declaraciones de insolvencia entre otros supuestos.

Las solicitudes de subvención se presentarán, junto con la documentación exigida, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcañiz en un apartado creado a tal efecto, bien de forma presencial, en el Registro General del Ayuntamiento aportando toda la documentación exigida fotocopiada, o bien, de forma on-line, con certificado o sistema cl@ve.