Acudir a un gran evento deportivo es una actividad de ocio al que siempre puede llevarse algo de picar, sobre todo si padeces alguna intolerancia alimentaria como la celiaquía. Pero no todos los organizadores de eventos están dispuestos a renunciar al goloso beneficio de sus propios servicios de restauración, como ocurre en el caso del Mutua Madrid Open, que prohíbe expresamente introducir ningún tipo de alimento.

El caso es que un abogado llamado Álvaro Barrado tiene claro que el Open Mutua Madrid incumple la la Ley General para la defensa de Consumidores y Usuarios impidiendo al público acceder al recinto con comida del exterior, y por eso, tras comprobarlo por sí mismo, no ha dudado en poner las correspondientes hojas de reclamaciones y denunciar la situación a través de su cuenta de Twitter.

Todos sabemos que el precio de la entrada no es lo único que duele al bolsillo cuando acudimos a un gran espacio de ocio, y que los servicios de restauración internos suelen tener precios desorbitados, ya que se aprovechan de controlar ellos mismos la oferta, convirtiéndose en una jugosa fuente de ingresos.

Pero también sabemos que el público más previsor, y sobre todo si padece celiaquía, se prepara su propia comida y no solo por una mera cuestión económica... y es que existen familias con miembros con alergias, intolerancias o dietas concretas, que tienen unas necesidades especiales que pueden limitar mucho la comida a la que tienen acceso.

Un habitual en esta cuestión son las salas de cine, donde el tema suele generar dudas y polémicas, pero lo cierto es que legalmente no pueden impedir el acceso con comida o bebida adquirida en el exterior, ya que su actividad principal es la exhibición de películas, y no la venta de alimentos.

El público que quiere acceder al Mutua Madrid Open se encuentra con los habituales controles de seguridad de este tipo de eventos, que incluyen la revisión de bolsas y mochilas. Si los guardias encuentran comida o bebida, será requisada o se impedirá el acceso.

El personal de seguridad y los empleados responsables en las entradas solo siguen las directrices de la organización, que indica unas normas de acceso y comportamiento muy claras con mención a lo que se puede o no portar, aunque en la propia página web no se incluye.

Teóricamente, si se consigue el justificante adecuado en forma de certificado médico, se podrían introducir alimentos especiales por cuestiones de salud, aunque a la hora de la verdad, Álvaro vio cómo a un celíaco se le indicó que dentro tendría opciones sin gluten en la oferta de restauración... lo que no le dijeron es que la oferta era muy pobre y que estaba sometida a los altos precios del recinto.

La organización tiene todo el derecho a vender sus propios productos al precio que considere razonable, pero no puede prohibir el acceso con comida de fuera, ha afirmado Álvaro Barrado, quien ha explicado que "la empresa no puede cohartar mi libertad de consumir en el lugar que yo desee, ni mucho menos puede obligarme a adquirir una serie de productos en concreto, a unos precios determinados, y considerablemente abusivos".

Como público o como consumidores de cualquier servicio, las personas con celiaquía tenemos la obligación de ser críticos y reclamar si se comete alguna ilegalidad; y una vez expuesta nuestra disconformidad, tenemos derecho también a pedir y rellenar una hoja de reclamaciones. Después es imprescindible presentarla en una oficina de Consumo, así las autoridades competentes podrán proceder a actuar de forma conveniente.

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